Una persona fisica que tiene fondos en el exterior en una cuenta bancaria al 22/07/2016, lo va a blanquear así y quiere a posteriori o sea ahora traer esos fondos al país. ¿A parte de hacerlo a través de bancos, debe no usarlo por los 6 meses o 31/03/2017 el que fuera mayor?
Conforme el artículo 38 de la Ley N° 27.260, quienes declaren tenencias de moneda o títulos valores en el exterior no estarán obligados a ingresarlos al país. Quienes opten por hacerlo, deberán ingresarlos a través de las entidades comprendidas en el régimen de las leyes 21.526 y sus modificatorias... >
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Un contribuyente que tiene propiedades compradas hace 10 años no declaradas en bienes a nombre de el, ¿en lugar de entrar en blanqueo, puede presentar bienes personales y presentarse en moratoria?
Su cónyugue actualmente es funcionario público, ¿por lo tanto no podría entrar en blanqueo?
Quedan excluidos del blanqueo los sujetos que entre el 1° de enero de 2010, inclusive, y el 23 de julio de 2016 hubieran desempañado las funciones públicas detalladas en el artículo 82 de la Ley N° 27.260.
También quedan excluidos los cónyuges, los padres y los hijos menores... >
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¿Si se blanquea dinero en el exterior, se lo puede dejar depositado en el banco en el que se encuentra?
Conforme el artículo 38 de la Ley N° 27.260, quienes declaren tenencias de moneda o títulos valores en el exterior no estarán obligados a ingresarlos al país. Quienes opten por hacerlo, deberán ingresarlos a través de las entidades comprendidas en el régimen de las leyes 21.526 y sus modificatorias y 26.831.
En el caso de tenencias de moneda o títulos valores en el exterior, la declaración voluntaria y excepcional, se efectuará mediante la declaración de su... >
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Un monotributista que no declaró Bienes Personales, tiene dos propiedades y un auto.
¿A qué valor debe exteriorizar las propiedades y el auto?
Conforme lo establecido por el artículo 18 de la Resolución General N° 3919, los bienes inmuebles se valuarán a la fecha de preexistencia y dicha valuación tendrá vigencia por el término de 120 días corridos contados desde la fecha de emisión de la constancia a que se refiere el párrafo siguiente.
A efectos de la valuación de los mismos, deberá considerarse lo siguiente:
a) Bienes inmuebles ubicados en el país: la... >
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¿En el caso de blanquear 10.000 dólares en el país, se depositan en un banco pero pasa a pesos, y cuando los retiro después de 6 meses se retiran pesos o dólares?
Conforme lo establecido por el Anexo II de la RG N° 3919, el depósito de tenencias de moneda nacional o extranjera en efectivo -Artículo 38, inciso c) de la Ley N° 27.260- en el país se deberá gestionar en una entidad financiera la apertura de una o más ?Cuentas especiales - Ley N° 27.260 - Régimen de Sinceramiento Fiscal-, de acuerdo con la Comunicación "A" 6022 del B.C.R.A.
La citada comunicación... >
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¿Según la normativa del blanqueo, se puede rectificar una DDJJ de bienes personales, incorporando activos no declarados y pagar la deuda con la moratoria?
No, ya que el artículo 17 del Decreto N° 895/2016 dispone el término "Obligaciones vencidas" no incluye aquellas obligaciones que se rectifiquen en cualquier momento posterior al 31/05/2016 y que tengan como fin la exteriorización de activos.
Es decir que si se rectifica una dj vencida con anterioridad al 31 de mayo de 2016 y se exterioriza algún activo no declarado anteriormente, el saldo resultante de la misma no se... >
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Cuando intento bajar el servicio "Ley 27260", para personas físicas, con clave fiscal, al ingresar al "Administrador de Relaciones", opción "Adherir servicio", el sistema me obliga a delegar el servicio en otra persona. ¿A qué se debe ésto? ¿Por qué no es posible habilitar el servicio?
Debería chequear si el servicio "Ley 27.260 - Declaración voluntaria y excepcional de bienes en el país y en el exterior " ya no le figura al contribuyente dentro de los servicios habilitados, ya que AFIP lo dando de alta de oficio, y consecuentemente no permite volver a habilitarlo. >
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¿Con qué valor se declara en el blanqueo un inmueble preexistente en el exterior?
El valor a considerar es el valor de plaza.
La Resolución General N° 3919 -artículo 18- establece que, en el cado de Bienes inmuebles ubicados en el exterior, la valuación deberá surgir de DOS (2) constancias emitidas por un corredor inmobiliario, una entidad aseguradora o bancaria, todos del país respectivo, las cuales deberán ser suministradas por el declarante al presentar la declaración jurada de exteriorización, con arreglo a lo establecido en el Anexo II. A los fines de la... >
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¿Se puede depositar el 10% sobre las tenencias en el exterior en una cuenta del Banco Nación en el exterior?
Lo que permite AFIP es hacer el pago mediante una transferencia bancaria desde el exterior.
Al respecto, el Anexo IV de la RG N° 3919 dispone:
El responsable podrá efectuar el pago desde el exterior mediante una Transferencia Bancaria Internacional, cumplimentando las actividades que seguidamente se detallan:
a) En la Etapa 2 "LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO ESPECIAL" el sistema liquidará el impuesto especial considerando las alícuotas mencionadas en el punto 5 del... >
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